Beneficiarios
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Pueden beneficiarse del Programa de incentivos las empresas que tengan establecimiento operativo en Andalucía o vayan a tenerlo mediante el proyecto a emprender, especialmente las PYMES. También podrán ser beneficiarios las agrupaciones o asociaciones de empresas y las fundaciones que tengan relación con el ámbito empresarial, las agrupaciones (cluster) innovadoras, y las agrupaciones de personas jurídicas que puedan llevar a cabo los proyectos objeto de esta Orden.
En el Programa InnoEmpresa podrán acogerse las PYMES, y los Organismos Intermedios El programa define los organismos intermedios de la siguiente forma:
- Las organizaciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, que de forma habitual presten servicios de apoyo a la innovación y a la modernización en sus diversas formas a las pequeñas y medianas empresas, y dispongan de recursos materiales y humanos para impulsar y orientar dichos proyectos innovadores
- Las entidades con participación mayoritaria de capital público que presten de forma habitual servicios empresariales de apoyo a la innovación y la competitividad de las pequeñas y medianas empresas, y promuevan proyectos en los que no persigan la obtención de beneficios.
Tipos de Proyectos que se financian
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La Orden financia los siguientes tipos de Proyectos:
- Creación de Empresas: aquellos proyectos que tiendan a la creación de empresas aquellos que tengan como finalidad la inversión en activos materiales e inmateriales relativos a la creación de un nuevo establecimiento empresarial promovido, bien por una empresa de nueva creación o bien por una empresa ya existente, sustitución de un establecimiento por otro para mantener o ampliar la producción de los mismos bienes o servicios
- Modernizacion de empresas: aquellos proyectos que tiendan a la modernización de empresas aquellos de empresas ya existentes, que incorporen mejoras sustanciales en sus productos, procesos o servicios, organización o modelo de negocio o que coadyuven al desarrollo empresarial mediante la ampliación de las capacidades existentes, o el incremento de la productividad o del valor añadido de los productos y/o servicios.
- Cooperacion competitiva de las empresas: aquellos proyectos cuya finalidad de esta línea de ayudas es propiciar los proyectos de cooperación entre empresas autónomas, fomentando los proyectos conjuntos a través de los cuales se compartan capacidades y recursos para afrontar retos y oportunidades comunes que permitan mejorar su posición en el mercado y reforzar sus ventajas competitivas
- Investigacion, desarrollo e innovación: serán proyectos de investigación y desarrollo los relacionados con la investigación industrial que tengan por objeto la generación de un conocimiento nuevo o tecnologías nuevas, o los que supongan un desarrollo tecnológico experimental para la obtención de nuevos desarrollos
Modalidades de Incentivos
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Los proyectos podrán ser incentivados por las modalidades de incentivos que a continuación se describen y que mejor se adecue a las características del proyecto y de la empresa beneficiaria:
- Incentivos directos en forma de subvenciones
- Incentivos reembolsables.
- Bonificaciones de tipos de interés.
- Préstamos participativos.
Requisitos de los Proyectos
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Para que un proyecto sea incentivable, debe cumplir los siguientes requisitos:
- que no hay sido iniciado antes de presentar la solicitud
- que sea viable
- que esté localizado en Andalucía
- que no esté incluido en algunas de las excepciones recogidas en la Orden
Solicitudes de los Proyectos
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Las solicitudes para la obtención de los incentivos deberán cumplimentarse telemáticamente con los medios electrónicos disponibles en la dirección de Internet:
IMPORTANTE: En caso de acceder Sin Firma Electrónica sólo se podrá completar los formularios del proyecto y solicitante. Para poder Firmar y Enviar la solicitud, deberá acceder con Firma Electrónica, utilizando para ello la firma electrónica de la persona con poder de representación.
El plazo de presentación de solicitudes se encontrará abierto desde la fecha de entrada en vigor de la presente Orden hasta el 30 de junio de 2013.
Intensidad de los Incentivos
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Los proyectos incentivados no superarán las siguientes intensidades. La intensidad obtenida por características adicionales no podrá ser superior a la mitad de la obtenida por la categoría del proyecto. Todos los porcentajes están en términos de equivalente de subvención bruta.
Microsite de información de la nueva
Orden de Incentivos 2012 - 2013
de la Consejería de Economía, Innovación, y Ciencia
Ser una empresa responsable no es una habilidad, es una elección"